La Odisea de Constituir y Operar una Asociación Civil en México: Obstáculos Burocráticos y Fiscales en 2025
- CONACIM

- 15 oct
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Ciudad de México
Miércoles 15 de Octubre del 2025
Históricamente, la creación de una Asociación Civil en México se había simplificado gracias a la digitalización de trámites. Sin embargo, durante el actual sexenio, y particularmente en 2025, el proceso se ha convertido en un verdadero calvario burocrático para los ciudadanos comprometidos con el tercer sector. Las fallas sistémicas, la falta de claridad normativa y la discrecionalidad en la aplicación de requisitos están obstaculizando la consolidación de nuevas organizaciones.
Fallas desde el origen
El primer paso elemental para cualquier AC es el registro de su nombre ante el Módulo Único de Autorizaciones (MUA) de la Secretaría de Economía. Es aquí donde inician los problemas:
Restricción de Horarios: El portal MUA ahora solo es accesible de lunes a viernes, de 9 a.m. a 2 p.m., restringiendo el acceso que antes era 24/7.
Tiempos de Respuesta Exorbitantes: Si bien la respuesta a la solicitud solía tardar entre 5 y 10 días hábiles, hoy se documentan casos de demoras de hasta 40 DÍAS HÁBILES.
El Cuello de Botella Notarial: Registro Público
Tras obtener la denominación y realizar el proceso notarial, el acta constitutiva debe inscribirse en el Registro Público de la Propiedad (RPP) de la entidad federativa correspondiente.
Parálisis en Entidades Clave: Curiosamente, en la Ciudad de México y el Estado de México (las entidades con mayor concentración de organizaciones) la emisión de la constancia de inscripción ha pasado de un máximo de 30 días hábiles a demoras de hasta 7 MESES.
La Inscripción ante el SAT: Misión Imposible
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) presenta el obstáculo más formidable. Aunque las deficiencias del portal son crónicas, la inscripción de AC parece estar diseñada para el fracaso:
Desaparición del Prerregistro de RFC: Desde noviembre de 2024 (el mismo periodo en que el MUA fallaba), el prerregistro de RFC para personas morales fue eliminado. Anteriormente, este trámite online permitía generar el RFC, sacar una cita y finalizar la inscripción y e.Firma en una sola visita al módulo.
El Problema del Comprobante de Domicilio: Ahora, se exige un comprobante de domicilio a nombre de la AC. La premisa es ilógica: ¿Cómo puede una AC sin RFC contratar servicios esenciales (internet, telefonía o abrir una cuenta bancaria) para obtener dicho comprobante?
Si bien el SAT debería otorgar primero el RFC para que la AC pueda contratar un servicio, en la práctica, el funcionario de módulo simplemente niega el trámite, obligando a la organización a perder una cita y a iniciar un ciclo de espera que puede costar hasta 4 meses o más.
La Discrepancia Financiera: Un Filtro para la Donataria
Las nuevas disposiciones de la Miscelánea Fiscal de diciembre de 2024 no solo complicaron la acreditación de actividades, sino que introdujeron un filtro fiscal que afecta a todas las AC, sean o no Donatarias Autorizadas (DA). El SAT ahora puede rechazar la acreditación argumentando discrepancia financiera, basándose en el siguiente criterio (extracto de contestación documentada):
"...Bajo ese contexto, no resulta coherente que en el oficio número ************** de 21 de abril de 2025, haga constar que la organización ************, realiza actividades asistenciales, mientras que, de acuerdo a lo manifestado por esa organización en su declaración anual por el ejercicio 2024, no ha obtenido ingresos, ni registró egresos, tendientes a la realización de las actividades asistenciales por las que solicita autorización. De ese modo, es claro que esa organización civil no realiza las actividades por las cuales solicita la autorización, pues atendiendo a la dinámica económica y fiscal que rige la operación de cualquier contribuyente, no resulta lógico ni congruente que no reporte ingresos ni egresos, como pueden ser el pago de nómina, por servicios profesionales, gastos operativos relacionados como luz, internet, mantenimiento, entre otros, a efecto de llevar a cabo los fines de su representada."
Implicaciones de la Discrepancia Cero:
Revocación para Donatarias: Este criterio se convierte en un filtro efectivo para revocar la autorización de Donatarias que operan principalmente con voluntarios o aportaciones en especie, y por lo tanto, reportan sus declaraciones anuales en ceros.
Negativa para Emergentes: Niega la posibilidad de obtener la DA a organizaciones emergentes, cuyo trabajo inicial es incipiente y con mínima o nula actividad económica.
Tiempos de Respuesta Fiscal: A esto se suma que la contestación del SAT a la solicitud o continuidad de la DA puede tardar de 6 hasta 8 MESES.
¿Incompetencia Burocrática o Barrera Intencional?
Ante todos los problemas presentados (sumando los exagerados tiempos de respuesta que tiene el SAT para aclaraciones y otros trámites) surge una pregunta ineludible:
¿El actual Gobierno Federal enfrenta una deficiencia grave en la tramitología o está colocando intencionalmente obstáculos a la consolidación del tercer sector?
Las AC Donatarias Autorizadas gozan de exención de impuestos por su contribución social. Es pertinente preguntarse si la intención detrás de estos obstáculos es reducir el número de organizaciones con DA para, en última instancia, obligarlas a tributar.



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