Constancia de acreditación de actividades para OSC ¿Cómo obtenerla?
- CONACIM

- 14 abr
- 3 Min. de lectura
Actualizado: 17 sept

¿Qué es?
Las Organizaciones de la Sociedad Civil que desean obtener (o mantener) la autorización donataria, necesitan obligatoriamente un documento que pruebe las actividades que llevan a cabo.
Este documento, llamado constancia de acreditación de actividades, es la prueba de que realizan las actividades por las cuales solicitan dicha autorización para recibir donativos deducibles del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
¿Cómo se obtiene?
La Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, publicada por el SAT el 12 de diciembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación, señala las nuevas reglas sobre el acreditamiento de actividades.
La solicitud de este documento puedes hacerla en dependencias federales o bien, a organismos desconcentrados o descentralizados de los municipios, tales como el DIF Municipal, la Comisión de Derechos Humanos Municipal o el Instituto de Cultura Municipal.
Elementos que debe contener la Constancia de Acreditación
La constancia que emita la autoridad debe contener:
a) Oficio membretado.
b) Fecha.
b) Logotipo de la autoridad.
c) Nombre y cargo del titular de la autoridad que emite la constancia.
d) Firma.
La autoridad debe especificar en el oficio (constancia) que le consta que la OSC interesada, realiza las actividades por las que obtuvo o desea obtener su autorización donataria, mismas que deberán corresponder al objeto social o fines respectivos, indicando el lugar o ciudad en la que se realizan.
La autoridad debe señalar el fundamento de la competencia para emitirla, así como sus medios de contacto (domicilio, teléfono y correo electrónico). El fundamento legal lo podrás visualizar al descargar el documento "Dependencias y Fundamento Legal".
La miscelánea fiscal elimina la posibilidad de que las Presidencias Municipales expidan un acreditamiento de actividades asistenciales, ecológicas, culturales o de desarrollo social a las donatarias autorizadas o quienes pretenden serlo.
El SAT podrá solicitar información adicional a la dependencia u organismo que acreditó las actividades de la organización civil o fideicomiso solicitante de la autorización o de la renovación de la misma.
Es importante que tengas en cuenta: El SAT ya no considera la CLUNI un documento idóneo para acreditar actividades asistenciales y de desarrollo social para efectos de la autorización donataria.
A continuación te compartimos el Directorio de Dependencias Autorizadas que publicó el SAT. Con este documento podrás saber con mayor detalle a qué dependencia puedes solicitar la constancia (con base en las actividades de tu OSC).
Ejemplo Constancia de Acreditación
Hay dependencias como la Dirección General para el Bienestar y Cohesión Social de la Secretaría de Bienestar (federal), que ya cuentan con todo un procedimiento para solicitar y acreditar las actividades de las OSC que desean obtener la autorización donataria en materia de Desarrollo Social o Asistencia Social. Todos sus requisitos y procedimiento los puedes visualizar en el siguiente enlace:
Sin embargo, hay otras entidades que aún no cuentan con protocolos para la emisión de la Constancia de Acreditación de Actividades; por ese motivo puedes anexar en tu solicitud un ejemplo, para que la autoridad pueda basarse en el y emita la constancia.
Vigencia
La vigencia de las constancias es de 3 años (criterio SAT), desde la fecha que se emite la Constancia, por lo que debes renovarla cada 3 años y enviarla al SAT vía buzón tributario.
Considera que, si ya cuentas con una constancia y ya superó los 3 años, debes renovarla conforme todo lo explicado en este artículo, para que puedas presentarla en el Informe de Transparencia (mayo) y no sea revocada (tu donataria) por la falta de esta acreditación.
Asesoría
En caso de requerir ayuda para realizar tu solicitud, puedes solicitar una asesoría gratuita a CONACIM por whatsapp en el botón.



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