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Cómo tramitar la Autorización Donataria para tu Asociación Civil



Si tu principal estrategia es gestionar donaciones del sector privado, debes realizar este trámite.


11 DE JULIO DE 2019

La mayoría de las organizaciones de la sociedad civil diseñan estrategias de procuración de fondos dirigidas al sector privado, a través de donaciones que les permitan fondear sus proyectos o programas sociales. Si aún no haces tu trámite, aquí te decimos como debes hacerlo.

Primero debes asegurarte de tener tus estatutos conforme el marco jurídico en materia lo solicita, si deseas revisar cómo deben estar creados tus estatutos puedes solicitar a través de nuestras redes sociales el modelo de estatutos que ha creado CONACIM, es completamente gratis.


El trámite se realiza en el Portal del SAT, una vez realizada tu solicitud, el SAT te proporciona un acuse de recibo de la solicitud presentada, posteriormente la autoridad verifica que cumplas con todos los requisitos establecidos en las disposiciones fiscales, y en un plazo de máximo 3 meses emite la resolución correspondiente al trámite.



REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO


Debes cumplir con los siguientes requisitos y seguir el siguiente procedimiento:


1. Formato electrónico en el que se solicita la autorización para recibir donativos deducibles, señalando el domicilio para oír y recibir notificaciones, correo electrónico y números telefónicos, o bien, la declaración de que no cuenta con éstos.


2. Acta constitutiva vigente.


3. Carta de acreditación de actividades por las cuales se solicita autorización de conformidad con el inciso b) de la fracción V de la regla 3.10.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal, salvo que:

  • Tu organización tenga menos de seis meses constituida, computados a partir de la autorización de la escritura o de la firma del contrato de fideicomiso respectivo.

  • Cuando teniendo más de seis meses de estar constituida no hayan operado o desarrollado alguna de las actividades por las cuales solicitan la autorización.

3. El acta constitutiva debe contener los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad correspondiente.


4. Contar con e.firma vigente.


5. No estar en la lista a que se refiere el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.


6. Tu computadora desde la que hagas el trámite debe contar con Windows 7, Internet Explorer 8 o versiones posteriores.


7. Al finalizar la solicitud, debes firmar el trámite con la e.firma de la asociación que solicita la autorización.



ESPECIFICACIONES


a) De no contar con las especificaciones técnicas de tu equipo de cómputo, pueden existir fallas en la recepción de la documentación y solicitud.


b) Los documentos deben estar digitalizados en formato .pdf


c) Debes comprimir los documentos en formato .zip.


d) En caso de que se dude de la autenticidad de los documentos digitalizados, las autoridades fiscales requerirán al promovente el original o copia certificada del documento cuya autenticidad esté en duda.


e) Si la documentación adjunta es ilegible o está incompleta, el SAT emitirá oficio de orientación haciéndole saber al promovente dicha circunstancia.



PROCESO


Paso 1. Para realizar el trámite ingresa a la sección Trámites del Portal del SAT, captura tu RFC y contraseña en Mi Portal, da clic en iniciar sesión.


Paso 2. Selecciona las opciones: Donatarias y Donaciones / Donataria Diversas Solicitudes.


Paso 3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico.


Paso 4. Adjunta los archivos escaneados.


Paso 5. Da clic en enviar e imprime el acuse de recibo electrónico.


Paso 6. Espera la contestación del SAT a través del medio que hayas elegido para contactarte.


Para iniciar tu trámite en el Portal del SAT puedes dar clic aquí.



¿Necesitas ayuda?

Envía un correo electrónico a conacim.nacional@gmail.com para que el equipo de CONACIM te indique como puede ayudarte a realizar tu trámite.

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